Retribuciones Ejercicio 2026, de conformidad con lo previsto en el artículo 88, apartados 3 y 4, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con la Orden Comunicada de 2 de Enero de 2015, por la que se aprueba la clasificación de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. En cuanto a indemnizaciones percibidas por altos cargos y máximos responsables, no se ha efectuado el pago de indemnizaciones con ocasión del abandono del cargo.